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martes, 12 de julio de 2011

Correos: Nueva convocatoria Bolsas de Empleo

Se abre el plazo desde el 11 hasta el 29 de julio para presentar solicitudes a las bolsas de empleo de Correos.
Os adjuntamos el enlace a la página de Correos:

Bolsas de empleo de Correos convocatoria 2011

CONVOCATORIA DE PROCESOS SELECTIVOS PERSONAL FIJO DE LA AGE

Ha salido publicado en el BOE de hoy, día 12 de julio, una convocatoria de procesos selectivos en la Administración General del Estado.
Más información en  www.fep-uso.es

BOE 12 de julio de 2011

viernes, 8 de julio de 2011

Directrices Generales de Acción del Nuevo Gobierno

El  4 de julio se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria el Decreto 11/2011, de 30 de junio, por el que se aprueban directrices generales de la acción de gobierno en materia de organización de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria, y el desarrollo inicial de su actividad, por el que se va a marcar el nuevo rumbo a seguir la Administración Autonómica de Cantabria.

Decreto 11/2011

Publicación del Decreto de modificación de Estructuras del Gobierno de Cantabria

Hoy viernes 8 de julio de 2011 se ha publicado el Decreto 87/2011, de 7 de julio, por el que se modifica parcialmente la Estructura Básica de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.
El Consejo de Gobierno ha procedido a la modificación de las Estructuras de las Consejerías del Gobierno de Cantabria.

Decreto 87/2011

Este Decreto complementa el anterior Decreto 9/2011, de 28 de junio, de reorganización de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Decreto 9/2011

martes, 5 de julio de 2011

Así blindará Zapatero el poder de UGT y CCOO

La reforma de la negociación colectiva entrega el control a los aparatos de los grandes sindicatos, frente a las organizaciones pequeñas y sectoriales.

Valeriano Gómez lleva a gala su condición de sindicalista. Es de sobra conocido que el día de la última Huelga General acudió a la manifestación convocada por los sindicatos; algo sorprendente para quien unas pocas semanas más tarde iba estar al frente del Ministerio de Trabajo que iba a aplicar la reforma laboral. Además, su biografía está ligada a las grandes centrales, especialmente a UGT, organización de la que formó parte de su equipo directivo entre 2000 y 2002.


Por ello, desde su nombramiento, fueron muchos los que pensaron que quizás podría escorarse demasiado hacia las posiciones sindicales. Ahora, con el texto de la reforma de la negociación colectiva aprobado por el BOE, los temores se han visto completamente confirmados. La nueva norma supone un dique que hará casi imposible que UGT y CCOO puedan perder su actual posición de preeminencia.

En realidad, no es un cambio pro-sindical estrictamente hablando, sino pro-grandes centrales. Básicamente, blinda la posición de las organizaciones que ahora mismo tienen más representatividad y complica muchísimo las cosas para que otros sindicatos les coman el terreno. Como explicaba la semana pasada en Es la Noche de César, José Luis Fernández, secretario de Comunicación de USO, la norma profundiza la "verticalización" del sindicalismo en España.

Los artículos

Lo hace a través de la nueva redacción de los artículos 83, 84 y 87 del Estatuto de los Trabajadores:

Estructura de la negociación colectiva (artículos 83 y 84)

"Las organizaciones sindicales y empresariales más representativas podrán establecer mediante acuerdos interprofesionales cláusulas sobre la estructura de la negociación colectiva".

"Salvo que un convenio colectivo de ámbito estatal o autonómico negociado según lo recogido en el artículo 83.2 [párrafo anterior] estableciera reglas distintas (...) el convenio de empresa tendrá prioridad aplicativa".

Representación para negociar ante el empresario y en los convenios sectoriales (artículo 87.1 y 87.2)

La legitimación para negociar ante el empresario "corresponderá a las secciones sindicales cuando éstas así lo acuerden, siempre que sumen la mayoría de los miembros del comité de empresa o entre los delegados de personal"

Además, en los convenios sectoriales, estarán legitimados "los sindicatos que tengan la consideración de más representativos a nivel estatal o de CCAA (...) y los sindicatos que cuenten con un mínimo del 10% de los miembros de los comités de empresa en el ámbito geográfico o funcional al que se refiera el convenio".

La explicación

Aunque el lenguaje de la reforma es tan farragoso como el del resto de la legislación laboral española, de entre esas frases largas y poco precisas puede entresacarse el mensaje claro de que a partir de ahora serán las centrales las que controlarán la negociación en la gran mayoría de las empresas españolas y no sólo por ser las más votadas (que lo son, aunque en elecciones que muchas veces tienen una mínima participación), sino por la protección que les ha otorgado Valeriano Gómez.

El primer paso es el del artículo 83 en el que otorga a las centrales sindicales y a la patronal la capacidad para establecer la estructura de la negociación colectiva. Así, estas organizaciones podrán establecer el ámbito de aplicación que más les convenga. Por ejemplo, un sector en el que UGT y CCOO no tengan la mayoría o en el que haya un competidor cerca de obtener un 10% de la representación (lo que les capacitaría como interlocutores) puede cambiar por arte de birlibirloque gracias al nuevo decreto. Así, podrán pactar integrar ese sector en otro mayor en el que sí tengan los delegados que necesitan.

Además, el famoso artículo que da prioridad a la negociación en la empresa queda casi en nada cuando se lee que esto sólo será efectivo "salvo pacto en contrario". Es decir, que las centrales podrán seguir bloqueando indefinidamente los acuerdos siempre que quieran y obligando a que los convenios sectoriales de ámbito estatal o autonómico tengan prioridad sobre los empresariales.

Aún más grave es lo indicado en el artículo 87, cuando otorga representatividad para negociar con los empresarios a las "secciones sindicales de los sindicatos más representativos". En palabras de José Luis Fernández esto garantiza el "paracaidismo sindical", esto es, capacita a las direcciones de UGT y CCOO para nombrar (cuando sean mayoritarios) a los negociadores, saltándose al resto de sindicatos representados en el comité de empresa e, incluso, a sus propios delegados. Así, alguien nombrado por las direcciones de las centrales sustituirá al representante legítimo de los trabajadores de la empresa.

Las consecuencias

Todo lo anterior servirá para blindar la posición de las centrales y hará muy difícil la competencia para otros sindicatos. En primer lugar, si al final los paracaidistas se hacen con el control de las negociaciones, las elecciones sindicales no tendrán mucho sentido, porque al final serán las direcciones de Madrid las que decidan quien representa a los trabajadores ante la empresa. Además, esto echará de las negociaciones a sindicatos más pequeños, quizás muy fuertes en un sector o una profesión, pero que no alcancen los mínimos requeridos por la ley.

Por otra parte, las elecciones sólo se pueden convocar de tres formas: sindicato con un 10% de miembros del comité de empresa, con la petición de los sindicatos más representativos (UGT y CCOO) o con la recogida de firmas de la mitad más uno de los miembros de la empresa. El problema es que en muchas empresas no ha habido elecciones hasta ahora o ningún sindicato tiene más del 10%. Esto blinda a UGT y CCOO que podrán decidir a partir de ahora cómo y cuándo acudir a las urnas (por ejemplo, en medio de una temporada en la que haya un gran número de trabajadores temporales que piensen que les pueden resultar favorables). En teoría, los otros sindicatos están capacitados para cambiar poco a poco esta situación e ir ganando representatividad. Pero todas las cartas están en la mano de las centrales cercanas a Gómez, que podrán ir expulsando poco a poco a sus competidores del mapa sindical.

Por último, aleja completamente la negociación del ámbito empresarial (justo lo contrario de lo que se supone que se buscaba). Y permite que sindicalistas sin ninguna vinculación con los trabajadores de una empresa aterricen y negocien en su nombre, apartando a sus representantes elegidos.

fuente.-libremercado.com

miércoles, 8 de junio de 2011

RESULTADO DEL CONCURSO DE TRASLADOS ABIERTO Y PERMANENTE DEL MES DE JUNIO


OPERARIO DE CARRETERAS


PUETO Nº                          NOMBRE                                           PUNTUACION

579                       FRANCISCO JAVIER RUIZ MORANTE                 3,60


EMPLEADA DE SERVICIOS

PUETO Nº                          NOMBRE                                           PUNTUACION

1235                 MARIA JESUS OSLE GOMEZ                                  1,50

6318                 JULIA GOMEZ PARDO                                             4,20


SUBALTERNO

PUETO Nº                          NOMBRE                                           PUNTUACION


5632                 EMILIA ROMILLO CALVO                                        10,20

6228                 MARIA LUISA BAYON ALONSO                               5.70